Región

Cuatro territorios de la Región declarados como 'zona gravemente afectada por una emergencia de protección civil'

Las ayudas incluyen 18.000 euros por incapacidad permanente y 15.120 euros por destrucción de la vivienda habitual

Imagen de archivo del incendio en Ojós del pasado mes de junio (foto: 112 Región de Murcia)
Imagen de archivo del incendio en Ojós del pasado mes de junio (foto: 112 Región de Murcia)

El Consejo de Ministros ha declarado como zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil a 176 territorios de 14 comunidades autónomas que han sufrido sucesos relacionados con fenómenos meteorológicos adversos, incendios forestales o catástrofes de todo tipo entre el 27 de febrero y el pasado 14 de septiembre. Cuatro de estas zonas se encuentran en la Región.

Se incluyen las zonas afectadas en el incendio de marzo en la pedanía murciana de Algezares, los producidos en mayo en Parque Regional El Valle, en Torreagüera, en Blanca, y el que tuvo lugar en Ojós en junio. Además, también se recibirán ayudas por los daños provocados por las inundaciones producidas por la lluvia del día 16 de ese mismo mes en la Región. Estas zonas podrán beneficiarse de las ayudas previstas en la Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil.

En un comunicado posterior, Interior ha recordado que las ayudas que competen a Interior son las de fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente (18.000 euros) y las destinadas a particulares por destrucción o daños en enseres de primera necesidad (el coste con un límite de 2.580 euros). Además, también son competencia del Ministerio las ayudas por destrucción total de la vivienda habitual (el coste de los daños, con un máximo de 15.120 euros); las enfocadas a subsanar los daños a la estructura de la vivienda habitual (el 50%, con un máximo de 10.320 euros) y las utilizadas para los daños en la vivienda habitual en general (el 50%, con un máximo de 5.160 euros).

En el texto, Interior también ha detallado que son de su competencia las ayudas por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios (el 50%, con un máximo de 9.224 euros); y las destinadas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales y de bienes (el importe total de los gastos). Asimismo, también compete al Ministerio las ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos (hasta 9.224 euros); y las enfocadas a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables (entre el 50 y el 100% según los casos).