El juez acerca al banquillo a Vélez por malversación y prevaricación

El magistrado instructor ordena la continuación del procedimiento contra el que fuera alcalde, los dos concejales de Festejos que se sucedieron en tales fechas y el administrador de una mercantil de eventos por prevaricación y malversación de caudales públicos

José Vélez
José Vélez

El titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Caravaca de la Cruz ha acordado que continúen las actuaciones contra José Vélez, actual líder del PSOE regional y otrora alcalde de Calasparra entre 2017 y 2019, los dos concejales de Festejos que se sucedieron en tales fechas, Jordi Arce y Antonio José Merino y el administrador de la empresa Chipé Producciones, por su presunta participación en los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos con ocasión de la organización de los festejos taurinos de la Feria Taurina del Arroz, coincidiendo con los encierros matinales organizados por el Ayuntamiento con ocasión de las fiestas patronales.

Las diligencias se centran, según la resolución, en las relaciones jurídicas del consistorio con la empresa para la cesión para los encierros matutinos de las reses contratadas para los festejos taurinos de la Feria que se celebraban por la tarde. Para las que existió, según las actuaciones practicadas, un convenio en 2017, en el que se fijó un precio de 30.000 euros a abonar por el Ayuntamiento, un segundo convenio en 2018, con el mismo objeto en el que el precio a abonar era de 37.000, y un contrato menor de 15.000 en 2019.

El magistrado, tras concretar cronológicamente los hechos objeto de investigación, describiendo cada una de las cantidades satisfechas por el consistorio, resume que en los tres años se observa como el Ayuntamiento de Calasparra sistemáticamente asumió y abonó con dinero público determinados gastos cuyo beneficiario directo o indirecto fue el empresario investigado, bien por tratarse de pagos directos a la empresa Chipé por facturas que carecen de justificación (y que el Ayuntamiento tampoco requirió), bien por ser desembolsos propios de la Feria Taurina del Arroz, actividad privada, o bien por constituir gastos relacionados con la plaza de toros, de titularidad privada. “De esta forma, el desembolso real que efectuó el Ayuntamiento para la cesión de las ganaderías para los encierros excedió ampliamente de los precios pactados entre el consistorio y la mercantil tanto en los convenios de 2017 y 2018 como en el contrato menor de 2019”.

Los hechos relatados, “sin perjuicio de posterior calificación” subraya el auto, pudieran presuntamente constituir delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos. Para concluir que las diligencias hasta la fecha practicadas “evidencian que existen motivos suficientes para atribuir su perpetración a los investigados de forma indiciaria”, por lo que procede seguir con el procedimiento penal.

Tras esta resolución, el Ministerio Fiscal y las demás acusaciones personadas tienen 10 días para formular escrito de acusación, solicitando la apertura de juicio oral o solicitar el sobreseimiento de la causa, concluye la parte dispositiva del auto.

El auto no es firme y contra el cabe recurso de reforma ante el mismo órgano que lo dictó y subsidiario de apelación ante la Audiencia Provincial.